¿Es que se debe pagar la Zakât sobre los salarios?

 ¿Es que se debe pagar la Zakât sobre los salarios?

Pregunta:
Estoy confuso, tengo amigos que me dicen que no se paga la zakât sobre los salarios recibidos, me dicen que es un valor volátil que no existía en el tiempo del Profeta (Paz y Bendición con él)… Pues al principio, las riquezas venían del comercio, el oro, la plata, el ganado o las cosechas… y en el versículo coránico que promete el castigo se trata de oro y de plata…
Si la respuesta es negativa, ¿cuáles son los métodos de cálculo?


Respuesta:

Primero, hay que saber que hay divergencias entre los sabios sobre la zakât, con respecto a los salarios y las rentas (fuera de la renta comercial que fue explicada con detalles aquí):

1. Los sabios antiguos (tradicionalistas) decían: no hay zakât sobre las rentas, cual sea su importe, excepto si el Niçâb está alcanzado al comienzo y al fin del año lunar. En el caso en que el valor de los bienes alcanza el Niçâb legal al principio del año lunar, y baja durante los meses que siguen, y sube nuevamente al fin del año (hasta alcanzar o sobrepasar el niçâb), los maliki y los hanafi ordenan al propietario que pague la zakât. Pero los shafi’i y los Hanbali establecieron como condición –para someter los bienes a la zakât- que el Niçâb fuera alcanzado durante el año entero y sin interrupción. [1]

2. Otros sabios consideran que hay que pagar esta zakât justo cuando recibimos los salarios, después de haber deducido de estos los gastos esenciales y las cargas debidas (sin esperar que pase un año lunar) excepto si esta suma no alcanza el niçâb. Pues si el niçâb no está alcanzado, acumula todas las sumas (mensuales) y pagará la zakât al fin del año lunar, si es que esta suma final alcanza el niçâb. Si los salarios están consumidos, o que esta suma final no alcanza el niçâb: no se paga la zakât.


El dinero de los salarios es, de hecho, un dinero útil que no podemos excluir de la zakât canoníca y privar de este los pobres y necesitados, esto iría en contra de la sabiduría de la zakât. Como lo sabéis la moneda indica una riqueza que puede sobrepasar las riquezas de las cosechas o del ganado o hasta las del oro y de la plata…

Pues una analogía será hecha con la zakât sobre el oro (o la plata) para el cálculo de la zakât sobre los salarios y las rentas. (se consideran dos parámetros: el hawl (año lunar) y el Niçâb (mínimo imponible). Aceptamos el primer aviso (que es mayoritario) que detallamos aquí:

Mayyâra Al-mâlikî en su sharh del matn de Ibn 'Ashir dice hablando de los beneficios (salarios) (fuera del comercio y de las cosechas):
« ..Si el primer beneficio no alcanza el Niçâb, y si percibe un segundo beneficio después que permite, sumándolo con el primero, alcanzar el Niçâb: la fecha de adquisición de este segundo beneficio será el comienzo de su año lunar. Si al contrario el segundo beneficio no lo permite, pero que el tercero permite, sumándolo con los dos primeros, alcanzar el Niçâb: la fecha de adquisición del tercer beneficio será el comienzo de su año lunar… Si la persona posee una cantidad de dinero inferior al Niçâb en el mes de Muharram por ejemplo, y que durante el mes de Rajab del mismo año posee una otra cantidad de dinero (que no sea el fruto de la primera) que le permite alcanzar o sobrepasar el Niçâb (sumándola con la primera): el año lunar (al-hawl) que consideramos en este caso es desde el mes de Rajab (dado que fue en este mes que alcanzó el Niçâb). Si esta persona pierde o gasta el dinero del mes de Muharram antes de que llegue el mes de Rajab del año siguiente, cuando llegará este mes, esta persona no tendrá que pagar la zakât ya que no habrá alcanzado el Niçâb. Ibn Al-qâsim afirma que hace falta que los dos importes (beneficios) (que no habían alcanzado el Niçâb pero cuya suma si lo alcanzaba) estén en posesión de la persona durante el año lunar entero, para que en este momento la zakât sea obligatoria…
Si la persona recibe una nueva cantidad de dinero después de la que alcanzó el Niçâb, esta suma de dinero que recibió tendrá su propio año lunar, independiente de la primera para el cálculo de la zakât, aunque no alcanzase el Niçab, ya que la cantidad de dinero precedente lo había alcanzado… Ídem para todas las cantidades de dinero recibidas más tarde: cada una tendrá su año lunar»

Sheykh Al-Qaradawi -entre otros- incluye la renta y el salario en lo que los juristas llaman « al-mal al-moustafad » (los beneficios).

Mu'âwiya Ibn Abî Sufyân (que Allah esté complacido con él), recaudaba la parte de la zakât sobre los salarios de los funcionarios y de los soldados.

El comandante de los creyentes 'Omar Ibn 'Abdel'azîz (que Allah esté complacido con él) también lo hacía.

El aviso que aceptamos y la manera de calcular:
Quien posee el valor del Niçâb en efectivo, y que adquiere después otros efectivos en momentos diferentes, sin que estos fueran el fruto de la cantidad de dinero inicial o derive de esta, pero que son independientes el uno del otro, como lo que ahorra el empleado mensualmente sobre su salario. Si suele actuar de manera minuciosa y si quiere pagar la limosna exacta sobre lo obligatorio, debe realizar un tipo de tabla de cálculo en la cual anotará todos los efectivos previamente citados y atribuirá a cada uno de ellos una fecha de adquisición, y pagará para cada uno la zakât, después de que haya pasado un año lunar.
O si no, la manera la más simple y la más generosa es de pagar la zakât sobre todo lo que posee después de un año lunar, contando desde que adquirió la primera cantidad de dinero que alcanzaba o sobrepasaba el Niçâb.

Otra manera de calcular (shafi’i, hanbali):
Tomamos como base (comienzo) de cálculo un día de un mes lunar en el cual el importe (suma de los saldos netos de las cuentas) alcanzó (o sobrepasó) el Niçâb. (Siempre se considera al año lunar en el cálculo).
Debemos calcular cada mes la suma de la totalidad de nuestro dinero, es decir lo que tenemos en la cuenta principal (corriente) y en otras: después de deducir los gastos vitales y los cargos debidos (gastos inminentes del mes)..
Pues cada mes obtenemos un importe (saldo), anotaremos sobre un papel los importes de los 12 meses. Tomamos el más pequeño de los 12 importes ya que es este importe que habrá quedado un año (lunar) y es el denominador común del año.
Pues al fin de nuestro año lunar considerado, si este importe (obtenido) es superior o igual al Niçâb, debemos pagar 2,5% de este importe. Y si este importe no alcanza el Niçâb, no se paga nada.

 

Notas:
[1] Anotar que el Niçâb cambia según el país y el periodo: consultar la mezquita o el centro islámico lo más cercano.

¿Perfume Para Mujeres?

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¿Perfume Para Mujeres?


Pregunta:
Salam alikum
Según el aviso de nuestra escuela (madhhab maliki), la mujer puede perfumarse únicamente en presencia de su esposo, un Mahram o mujeres.

¿Es que el desodorante para evitar los malos olores (no para seducir, es una cuestión de higiene) entra en el contexto de esta prohibición? (ejemplo: para irse de compras, para los asuntos administrativos…
)


Respuesta:
Ningún sabio puede prohibir a una mujer limpiarse y/o liberarse de malos olores: el Islam es una religión de limpieza. Pues una mujer puede usar el desodorante por razones de higiene: a condición de que no huela mucho [1].

La seducción  no tiene razón de ser en este caso: la seducción está relacionada con la intención, el pudor y también al uso de elementos que atraen los ojos o las narices! (entre esos elementos: el perfume, los maquillajes, las ropas ajustadas…)

El objetivo del Islam es de proteger la sociedad del pecado y de todo lo que puede llevar al pecado. Las relaciones entre hombres y mujeres deben ser basadas en la fraternidad en Dios, el respeto y la moral,  no en la seducción, la pasión o la atracción física.
El Islam, desde su avenimiento, devolvió a la mujer su dignidad y su libertad, haciendo de ella lo igual del hombre (Shaqâiq a-rijâl) y prohibiendo toda forma de publicidad del cuerpo de la mujer como objeto de deseo y/o catalizador comercial!



Nota:
[1] Obviamente, para su esposo en su casa, la mujer usará los perfumes y los vestidos que quiere para seducirle y gustarle...

Embarazo Durante el Mes de Ramadán

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Embarazo Durante el Mes de Ramadán


Pregunta:
Estoy embarazada (tercer mes) y vomito casi cada día. ¿Es que, durante el mes de Ramadán, cuando vomito de mañana, mi ayuno está roto?


Respuesta:
Su ayuno sigue siendo válido, mientras usted no trague nada de este vomito.
La regla es: Si la persona vomita involuntariamente y no traga nada, su ayuno queda válido.

Pero sepa que Allah en su Misericordia no quiere para nosotros la dificultad y hay derogaciones para el enfermo, el viajero, la que está embarazada y la que amamanta:
Ahmad, At-tirmidhî y As-hâb as-sunan relatan que el Profeta (Paz y Bendición sobre él) dijo, en el sentido: «Allah redujo la oración para el viajero (de 4 a 2) y le dio la posibilidad de no ayunar, y permitió a la mujer embarazada o que amamanta romper su ayuno [es decir que su ayuno no será obligatorio, según la explicación del Imâm As-sabkî, entre otros]»
الحديث
'إن الله وضع عن المسافر الصوم وشطر الصلاة ـأي قصر الصلاة ـ وعن الحُبلى والمرضع الصوم'
رواه الخمسة (أحمد وأصحاب السنن)

Así:

Para la mujer que amamanta:
La mujer que amamanta y que teme algún riesgo para su bebé o para sí misma, y no encuentra nodriza para amamantar a su niño, o si este no acepta ser amamantado por otra que su madre: podrá entonces romper su ayuno. Si el ayuno es peligroso para su vida o para la del bebé o si teme que el ayuno lleve un gran mal para ella o para el bebé, en estos casos no debe ayunar (está prohibido ayunar para ella).
Y para la compensación debida:
Hay dos versiones en nuestra escuela maliki:
Recuperar solamente.
Recuperar y pagar la fidya para cada día no ayunado (y es la versión mayoritaria para nosotros), la fidya consiste en darle de comer a un pobre musulmán para cada día (ver aquí).

Para la mujer embarazada:
Cuando la mujer embarazada teme por la salud de su niño, por la suya, o por la de los dos a la vez, puede interrumpir el ayuno y recuperará los días faltados más tarde.
Si el ayuno es peligroso para su salud o para la de su bebé o si teme por el ayuno un gran mal para ella o para su bebé: en estos casos, no debe ayunar (le es prohibido ayunar) y recuperará más tarde los días faltados.
Ref: entre otros : Al-Fiqh ‘alâ almadhâhib al-rabaa del Sheykh al-jazîrî tomo I, capitulo del Siyâm de Ramadan, Siyâm de la mujer embarazada.

Algunos médicos dicen:
El embarazo se divide en 3 etapas:
- la primera etapa: los tres primeros meses, durante el desarrollo del feto.
- la segunda etapa: los tres meses que siguen.
- la tercera etapa: los 3 últimos meses del embarazo.
Durante la primera etapa, la mujer debe comer porque el feto lo necesita para desarrollarse.
Durante la segunda etapa, la mujer embarazada puede ayunar, a la condición que este en buen estado de salud, o sea que no esté afectada por anemia o que no tenga carencias de proteínas o de aminoácidos… La mujer embarazada en esa fase debe ayunar (excepto si tiene problemas, y después de haber consultado un medico honesto).
Durante la tercera etapa, la mujer tiene que comer porque en este caso el bebé saca directamente en las reservas de la madre, pues los dos incurren complicaciones. De hecho, el ayuno en esa etapa puede tener efectos dañinos sobre la formación de los diferentes órganos del feto. 


Nuestro consejo: hace falta un seguido médico y hace falta tener un medico (especialista y serio) que de su aviso antes de que la mujer embarazada decide o no ayunar, según su estado y el de su bebé.

Fiqh Para las Mujeres

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Fiqh Para Mujeres

Etienne Dinet - Moslem Women Leaving a Town Mosque

¿Es que la mujer puede llevar pantalones?

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¿Es que la mujer puede llevar pantalones?

Pregunta:
As-Salamu 3laykum,
¿Es que una mujer puede usar pantalones si son amplios? Escuché que llevar pantalones era haram (ilícito)…


Respuesta:
Salam aleikum,
El uso de un vestido, cual sea este, debe respetar dos criterios:
- El pudor
- La conveniencia

Respecto al pudor ('awrah):
El pantalón, en público, está admitido a condición de que sea suficientemente amplio para tapar las formas, particularmente la nalga que debe ser cubierta (por ejemplo por un otro vestido). El pantalón debe procurar no descubrir el cuerpo mientras se mueve la mujer.

En la intimidad, está obviamente permitido.

Respecto a las conveniencias:
Culturalmente, algunos vestidos son marcados. En ciertos países, el pantalón está considerado un vestido masculino por excelencia, y sería chocante para una mujer usarlo. Esta costumbre (urf) debe ser respetada.

Vale también para los hombres. Por ejemplo cuando el Islam llegó a Asia Central y a la China, los musulmanes abandonaron la jelaba o la abaya larga, porque su uso les hacía parecer a mujeres. Ídem con la simbología de los colores, según las regiones, que pueden ser reservados más para los hombres o más para las mujeres.

Depende evidentemente del contexto y de las tradiciones locales, la sunna reside justamente en el esfuerzo de presentación, de limpieza, de comprensión… para presentar nuestra religión de la mejor forma que se pueda.

Wa salam

Aborto Espontáneo y Oración/Ayuno

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Aborto Espontáneo y Oración/Ayuno


Pregunta:
Salam alikum
¿Es que la mujer que hizo un aborto espontáneo y que tiene derrame de sangre o otros (color marón) está dispensada de rezar y ayunar, como una mujer que acaba de parir y tiene loquios? ¿Es que el derrame después de un aborto espontáneo es considerados loquios, pues impuros?
Barrakallahu fik por su respuesta.
Salam

Respuesta:
Según los sabios: esto depende del estado del embrión, o sea si estaba formado o no todavía, cuando ocurrió el aborto espontáneo.

Si el embrión todavía no estaba formado, entonces la sangre derramada no es una sangre de parto. Pues debe seguir ayunando y rezando y su ayuno queda válido. Sin embargo, si el embrión estaba formado (aparición de un miembro, como un dedo o cabellos…), entonces la sangre derramada hace parte de los loquios, pues no debe ayunar ni cumplir con su oración durante todo el periodo del derrame.

Si este 'aborto espontáneo' coincide con su periodo de menstruación y que el derrame de sangre se asemeja a esta, entonces el derrame será considerado menstruación…