¿Quién debe expiación y cómo?


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¿Quién debe expiación y cómo?


Allah dice en el Corán:

« 184- …
Y los que pudiendo ayunar (no lo hagan o interrumpan su ayuno) que alimenten, como exención, a unos pobres.
Pero quien haga el bien espontáneamente será mejor para él.
Y que ayunéis es mejor para vosotros, si sabéis*.
»
* [Esta aleya, según la cual habría licencia para romper el ayuno voluntariamente con la simple compensación mencionada, está abrogada por la siguiente. También existe la opinión de que se refiere sólo al caso del anciano, que aun pudiendo ayunar al no estar impedido por enfermedad o viaje, interrumpe su ayuno en consideración a su debilidad; y en este sentido no cabe hablar de abrogación.]
.
185- «En el mes de Ramadán se hizo descender el Corán, dirección para los hombres y pruebas claras de la Guía y del Discernimiento; así pues, quien de vosotros vea el mes*, que ayune, y el que esté enfermo o de viaje que lo haga en otro momento, por el mismo número de días.
Allah quiere para vosotros lo fácil y no lo difícil
, pero quiere que completéis el número (de días) y que proclaméis la grandeza de Allah por haberos guiado.
¡Ojalá seáis agradecidos!
»
* [Es decir la luna nueva, que indica el comienzo del mes.]


Coran, Surah 2, versículos 184 y185

Al-Bukhârî y Muslim relatan en su Sahîh, en el sentido:
Abû Hurayra relata lo siguiente: « Un hombre vino al Profeta –que la Paz y las Bendiciones sean con él- y le dijo: ¡Estoy perdido! -¿Qué es lo que te hace perder? Le dijo el Profeta. Usé de mi mujer (relación sexual) (durante un día) de Ramadán, respondió el hombre. - ¿Tienes con que libertar un esclavo? Le preguntó. ¡No! Dijo el hombre. ¿Puedes ayunar dos meses sucesivos? Dijo el Profeta. Tampoco, dijo. ¿Tienes con que darles de comer a 60 pobres? Tampoco, dijo. El hombre se sentó… en este momento se le trajo una gran cesta de dátiles al Profeta. – Toma estos dátiles y distribúyelos a los pobres, le dijo. - ¿A quién les puedo dar? ¿Hay más desprovisto que yo? Respondió el hombre. – El Profeta sonrió y le dijo: - Anda y dalos a tu familia!» 
(Al-Bukhârî 4/163 y Muslim 2/781-782)


حدثنا يحيى بن يحيى وأبو بكر بن أبي شيبة وزهير بن حرب وابن نمير كلهم عن بن عيينة قال يحيى أخبرنا سفيان بن عيينة عن الزهري عن حميد بن عبد الرحمن عن أبي هريرة رضي الله عنه قال جاء رجل إلى النبي صلى الله عليه وسلم فقال هلكت يا رسول الله قال وما أهلكك قال وقعت على امرأتي في رمضان قال هل تجد ما تعتق رقبة قال لا قال فهل تستطيع أن تصوم شهرين متتابعين قال لا قال فهل تجد ما تطعم ستين مسكينا قال لا قال ثم جلس فأتي النبي صلى الله عليه وسلم بعرق فيه تمر فقال تصدق بهذا قال أعلى أفقر مِنِّي فما بين لابتيها أهل بيت أحوج إليه منا فضحك النبي صلى الله عليه وسلم حتى بدت أنيابه ثم قال اذهب فأطعمه أهلك .

El que rompe el ayuno voluntariamente sin ningún motivo religioso válido (ruptura de un día: comer o beber un liquido o un alimento nutritivo (muftir) por la boca solamente [Si la sustancia soluble (líquida) entra en la garganta por otro orificio (ojo, nariz, oreja): habrá que recuperar el día nada más. Si la sustancia soluble llega al estomago vía el ano: también obliga recuperar este día.] (hacia el estomago [que la sustancia sea soluble o no.] ) voluntariamente sin ser forzado; relación intima voluntaria…) o el que hace una interpretación ilógica e injustificada "At-ta'wwul al-ba'îd" para romper el ayuno, o el que rompe la intención de ayunar: (ver los detalles en el capitulo « expiación y recuperación »):
debe recuperar (ayunar más tarde) los días concernidos y realizar una expiación para cada día que no fue ayunado, según uno de los tres medios siguientes: deberá libertar a un captivo musulmán, si no lo puede, deberá ayunar dos meses de seguido, y si no lo puede tendrá que darles de comer a 60 pobres o pagarles en dinero lo equivalente de la comida prescrita: esto es lo que llamamos la expiación (al-kaffâra): los maliki prefieren la comida para la expiación (se trata de darle de comer a cada pobre musulmán con un Mudd (1/4 de Sâ') (600 gramos) de la comida mayoritaria del país (trigo, cebada, maíz…) algunos sabios (sobre todo Hanafis) autorizaron dar lo equivalente en dinero…

En cuanto al valor de esa kaffâra (expiación): se trata de darle de comer a cada pobre (entre los 60) para cada día concernido, la cantidad de un Mudd (1/4 de Sâ') (más o menos 600 gramos) de la comida mayoritaria del país (trigo, cebada, maíz..); algunos sabios (sobre todo hanafis) autorizaron dar lo equivalente en dinero : es decir, si intentamos hacer lo equivalente en dinero del Mudd: no menos de aproximadamente 1,5 euro para cada pobre por día (estimación de 2007 en Francia)… Pero para los Hanafi se tratan de dos almuerzos o de dos cenas para cada pobre (entre los 60) por día…
Si por ejemplo la comida de un pobre cuesta 5 euros (precio de un ticket restaurante), hay que multiplicar el precio de la comida por 60 y por el número de días de Ramadán faltados voluntariamente…
Está permitido en la escuela de jurisprudencia Hanafi cumplir el valor de la zakat-el-Fitr en efectivo. Es también el aviso de Omar Ibn Abdelaziz, el quinto califa de los musulmanes y el de Al-hassan Al-Basri (un gran sabio de los tabi’in conocido por su saber y su piedad), el de At-thawrî y de muchos otros. Pues por analogía, la Fidya y la kaffâra pueden así ser dadas en dinero, es más útil para el pobre y corresponde mejor al contexto de Europa.


En los casos de ruptura involuntaria del ayuno, se recupera solamente ayunando el o los días (en los cuales tuvo ruptura del ayuno) después de la fiesta del fin del mes de Ramadán y antes del Ramadán siguiente.

Los que rompieron el ayuno a causa de enfermedad, de viaje, de embarazo, de lactancia, de parto, de menstruación o de loquios, deberán ayunar más tarde el número de días que corresponde: es lo que llamamos la recuperación (al-qadâ).
En nuestra escuela, la opinión la más común es que la mujer que amamanta su niño, si teme por su salud o por la de su niño y no encuentra nodriza que amamantará a su hijo, o si éste no acepta ser amamantado por otra que su madre, podrá entonces romper el ayuno: pero deberá recuperar los días faltados (no ayunados)
y hacer la Fidya, o sea darle de comer a un pobre (para cada día faltado). Otra opinión obliga solamente la recuperación.

Caso de la mujer embarazada:
La regla es la siguiente:
Cuando la mujer embarazada teme por la salud de su niño, por la suya, o por la de los dos a la vez, puede interrumpir el ayuno y recuperará los días faltados más tarde.
Si el ayuno es peligroso para su salud o para la de su bebé o si teme por el ayuno un gran mal para ella o para su bebé: en estos casos, no debe ayunar (le es prohibido ayunar) y recuperará más tarde los días faltados.
Algunos médicos dicen:
El embarazo se divide en 3 etapas:
- la primera etapa: los tres primeros meses, durante el desarrollo del feto.
- la segunda etapa: los tres meses que siguen.
- la tercera etapa: los 3 últimos meses del embarazo.
Durante la primera etapa, la mujer debe comer porque el feto lo necesita para desarrollarse.
Durante la segunda etapa, la mujer embarazada puede ayunar, a la condición que este en buen estado de salud, o sea que no esté afectada por anemia o que no tenga carencias de proteínas o de aminoácidos… La mujer embarazada en esa fase debe ayunar (excepto si tiene problemas, y después de haber consultado un medico honesto).
Durante la tercera etapa, la mujer tiene que comer porque en este caso el bebé saca directamente en las reservas de la madre, pues los dos incurren complicaciones. De hecho, el ayuno en esa etapa puede tener efectos dañinos sobre la formación de los diferentes órganos del feto.
Nuestro consejo: hace falta un seguido médico y hace falta tener un medico (especialista y serio) que de su aviso antes de que la mujer embarazada decide o no ayunar, según su estado y el de su bebé.


Está prohibido para la mujer ayunar mientras esté en estado de menstruación o de loquios. La mujer recuperará esos días más tarde.
Sin embargo, si la menstruación para antes del fajr (el alba) o exactamente en el momento del alba (y no después): deberá ayunar (incluso si no se haya bañado) y los días así ayunados serán válidos, incluso si realizó sus abluciones rituales (Ghusl) después de la aparición del alba.
Es comparable al caso de un hombre que se despierta siendo impuro, después de una relación sexual (licita) o después de una contaminación nocturna, que come el Suhur y ayuna pero realice sus abluciones después de la aparición del alba. Su ayuno está considerado válido, y eso en todas las escuelas.
 Si la mujer duda: la mujer que se despierta después del Fajr y que duda de la cesación de su menstruación antes del Fajr: debe en este caso ayunar este día (porque puede ser que la cesación de las reglas haya ocurrido efectivamente antes del alba) y lo recuperará más tarde (porque puede ser que la cesación de las reglas haya ocurrido después del alba)


El que piensa que llegó la hora del Maghreb y come, mientras todavía no es el momento, tendrá que dejar de comer inmediatamente y seguir su ayuno hasta el Maghreb.  Sin embargo, deberá recuperar este día (después de la fiesta y antes del Ramadán siguiente). En el caso de « ta’wwul qarîb » - es decir una interpretación cercana de la lógica y que está justificada- en este caso, el que se equivocó y que comió, ayunará más tarde para recuperar este día, sin hacer expiación.
El que bebe o come involuntariamente debe parar inmediatamente cuando se lo recuerda y seguir ayunando el resto del día: realizará la recuperación más tarde.
Para el que come o bebe involuntariamente y por olvido, y se recuerda pero cree  que puede seguir comiendo porque su ayuno se volvió inválido: debe solamente recuperar el día.
Si sabía que no debía seguir comiendo pero que igual lo hizo: en este caso debe recuperar el día y hacer la expiación.

Para la mujer cuya menstruación paró antes del fajr, que se lava después del fajr y cree (ignorando que se equivoca) que su ayuno no es válido y come: tendrá que recuperar solamente.
Ídem para el que cree (ignorando que se equivoca) que su janâba (contaminación nocturna) de la noche inválida su ayuno y come durante este día: recuperará solamente el día, sin hacer expiación.
Pues son casos de ignorancia y de malas interpretaciones (posibles y que no tienen que ver con malas intenciones) (son “taawwul qarîb”).

Caso del viajero (en el caso en que este viaje sea lícito y necesite la reducción de la oración: la distancia de «qasr»). En nuestra escuela jurídica es preferible para el viajero que ayune si lo puede (excepto si es una molestia o una dificultad para él).
La opinión la más aceptada para los maliki, para el viajero, es: si empieza su viaje antes del fajr, podrá romper el ayuno (por supuesto, tendrá la intención de esto antes).
Si sale de su casa mientras está ayunando, durante el día, no debe romper su ayuno: pero si lo rompe después de su salida en viaje (o sea durante el viaje), recuperará solamente. Pero si rompe su ayuno mientras que todavía no salió (o sea que está en casa todavía), tendrá que recuperar y hacer la expiación (kaffâra).
Si emitió la intención de ayunar durante su viaje y que rompe su ayuno durante el viaje sin razón válida: debe recuperar y hacer la expiación. El Imam Mâlik dice al respecto: el viajero que tenía la elección de ayunar o no debido a su viaje, pero que eligió ayunar, no podrá salir de su estado de ayuno excepto con una excusa válida (sabiendo que esta persona anuló ella misma la excusa del viaje).
El viajero que llega a destinación y decide (que tiene la intención de) quedarse cuatro días o más debe ayunar –así como debe completar su oración, o sea no acortarla más-: pues no es más considerado viajero. Si por ejemplo tiene la intención de quedarse un o dos días (para un viaje de Qasr) en la ciudad (pueblo) donde llegó: tiene la derogación (posibilidad) en este caso de romper el ayuno (pues sigue siendo viajero): y eso hasta que tenga la intención de quedarse 4 días o más…

El viajero autorizado a romper su ayuno lo recuperará más tarde.

El que rompe el ayuno porque representa una molestia para él (por ejemplo una persona afectada por una enfermedad crónica (cuya no tenemos más esperanza de curación) o de una persona muy vieja que no puede soportar un ayuno) deberá (es una recomendación) para cada día faltado, darle de comer a un pobre musulmán o darle lo equivalente en dinero: es lo que llamamos la Fidya [1]. La Fidya (que remplaza el ayuno o la recuperación) concierne solamente las personas que no pueden ayunar.

Está recomendado (sin que sea una obligación) para el mayor muy anciano, cuando rompe el ayuno, dar la dicha comida (la Fidya). Consiste en todos los casos en un mudd (el contenido de dos manos medias juntadas) [de cereales: de la comida mayoritaria del país] para cada día de ayuno que hay que compensar.

El que descuidó la recuperación del ayuno de un Ramadán precedente y que le sorprende la venida del siguiente (estando capaz de ayunar y sin excusa válida), tendrá que, además de la recuperación, hacer la Fidya, es decir una comida a un pobre (o darle lo equivalente en dinero) para cada día faltado.




Fuente: www.doctrine-malikite.fr 

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