Volver a Lícito e Ilícito en el Islâm
Primero, hace falta recordar que la vida del feto, a semejanza de la vida humana en general, es sagrada en el Islâm. Pues debe ser protegida en la medida de lo posible. Podemos hacernos una idea de la importancia que se le da al feto considerando el hecho de que la jurisprudencia musulmana autoriza a la mujer embarazada y que teme por la salud de su futuro bebe no ayunar durante el mes de Ramadân (y remplazar los días faltados más tarde)… aunque la práctica del ayuno del mes de Ramadân haga parte de los cinco pilares los más conocidos del Islâm…
Primero, hace falta recordar que la vida del feto, a semejanza de la vida humana en general, es sagrada en el Islâm. Pues debe ser protegida en la medida de lo posible. Podemos hacernos una idea de la importancia que se le da al feto considerando el hecho de que la jurisprudencia musulmana autoriza a la mujer embarazada y que teme por la salud de su futuro bebe no ayunar durante el mes de Ramadân (y remplazar los días faltados más tarde)… aunque la práctica del ayuno del mes de Ramadân haga parte de los cinco pilares los más conocidos del Islâm…
Más revelador aún: En la
época del Profeta Muhammad (sallallâhu
alayhi wa sallam), una mujer ("Al
Ghâmidiya") se embarazó después de haber cometido el adultero… y había
venido para denunciarse ante el Profeta (sallallâhu
alayhi wa sallam), que tomó la decisión de aplicar la pena prevista, pero no antes de que la mujer
haya dado a luz y completado el periodo de lactancia…
Es la razón por la cual,
como lo subraya el Sheykh al-Qaradâwi r.a.,
la regla básica en el Islâm en cuanto al aborto, es la prohibición. Sin
embargo, esta prohibición puede ser más o menos severa, según las
circunstancias y sobre todo según el momento en que ocurre la interrupción del
embarazo... (Réf: "Fatâwa
Mou'âsirah" - Tomo 2 / Página 547)
El aborto después de la
insuflación del alma ("Nafkh ur rûh"):
En varios Hadîthes
auténticos en los cuales son detallados las diferentes etapas del desarrollo
embrionario, el Profeta Muhammad (sallallâhu
alayhi wa sallam) afirma que el alma es insuflado ("nafkh ur rûh") en el feto después
del cuarto mes del embarazo (120 días). [1]
Es justamente debido a este tipo de Hadîthes que los sabios musulmanes consideran unánimemente que, pasado el límite de cuatro meses (120 días), el aborto es estrictamente prohibido. Abortar en tal caso es considerado un acto de infanticidio y asimilado a un crimen en el Islam. Allâmah Ibn Taymiyyah r.a. escribió en una de sus Fatâwa que este acto era incluido en el "wa'd" (entierro de un niño vivo), a propósito del cual Allah dice con un tono de amonestación en el Coran:
Es justamente debido a este tipo de Hadîthes que los sabios musulmanes consideran unánimemente que, pasado el límite de cuatro meses (120 días), el aborto es estrictamente prohibido. Abortar en tal caso es considerado un acto de infanticidio y asimilado a un crimen en el Islam. Allâmah Ibn Taymiyyah r.a. escribió en una de sus Fatâwa que este acto era incluido en el "wa'd" (entierro de un niño vivo), a propósito del cual Allah dice con un tono de amonestación en el Coran:
"Cuando la niña enterrada
viva sea preguntada, por qué crimen la mataron".
(Surah 81 - Versículos 8/9)
(Ref: Madjmu'ul Fatâwa - Tomo 4 / Página 217)
Sin embargo, si el hecho de
conservar este feto pone en peligro la vida de la madre, y que no sea posible
salvarla sin quitarlo, en este caso, algunos sabios afirman que el aborto es
tolerado, aunque la vida haya sido insuflada ya, refiriéndose a la regla en
Islam, que dice que, cuando somos obligados de elegir entre dos males, debemos elegir
el menor de los dos. En este caso preciso, es evidente que la muerte de la
madre es una perdida mucho mayor que la del feto. Además, la vida de la madre
es una realidad, mientras que el nacimiento del futuro hijo es solamente
esperado… (Ref: "Fatâwa Mu'âsirah" - Tomo 2 / Página 547; anotemos
que algunos sabios prohibieron el aborto incluso en este caso… Es lo que está
mencionado en las referencias hanafi siguientes: "Al Bahr ul Râïq" - Tomo
8 / Página 233 y "Fatâwa Qâdhi Khân" - Tomo 4 / Página 385.)
El aborto antes de la
insuflación del alma ("Nafkh ur rûh"):
Escuela hanafi: Si el alma todavía no fue insuflada y si el futuro hijo todavía está al
estado de embrión, según la escuela hanafi, la mujer puede abortar en caso de
gran necesidad (real y reconocida) y con una razón válida. Si una mujer
aborta sin razón válida aunque los miembros y los órganos del feto ya habían
empezado a formarse, tendrá el pecado de haber cometido un crimen, como lo
menciona explícitamente Ibn Âbidine Châmi r.a.
en su obra de referencia para la escuela hanafi, "Raddul Muhtâr" (Tomo
5 - Página 519). Y aunque los miembros y los órganos del feto no hayan
empezado a formarse, no es permitido abortar sin razón válida. Sin embargo, si
una mujer lo hace a pesar de todo, no tendrá tantos pecados como la que aborta
después de que los miembros hayan empezado a formarse. [2]
Las razones válidas para un
aborto pueden ser de dos tipos:
-Los factores relativos al feto. Ejemplos: una malformación descubierta
en el feto; la presencia en él de una deficiencia importante; el fuerte riesgo
de que sea afectado por una enfermedad genética grave heredada de los padres.
Sin embargo, en este tipo de caso, la decisión eventual de un aborto deberá ser
basado en un diagnostico medical fiable y digno de confianza, y no en
simples suposiciones... [3]
-Los factores relativos a la madre. Ejemplos: la presencia del feto pone en
peligro la vida o la salud mental de la futura madre; la mujer siendo discapacitada
físicamente o mentalmente, no podrá educar correctamente a un eventual hijo, y
que tampoco no haya nadie en su familia que lo pueda hacer en su lugar; la
mujer se embarazó después de haber sido violada y no desea guardar este hijo.
(Ref: "Al Halâl wal Harâm" del Sheykh Khâlid Sayfullâh - Páginas 309
/ 310)
Escuela hanbali: Según el Sheykh Cheikh Wahbah Az Zuheïli, el aviso de la escuela hanbali
sobre el asunto es similar al de la escuela hanafi. (Ref: "Al Fiqh ul
Islâmiy" - Página 2648)
Escuela shâfi’i: hay principalmente tres avisos relatados según la escuela shâfi’i con
respecto al aborto antes de la insuflación del alma:
- Un aviso tiende al de los hanafi (es
el aviso que prefirió el jurista shâfi’i Al Ramali r.a.).
- El otro aviso es que es permitido pero
desaconsejado ("Makruh") abortar antes de 40 días de embarazo. (si
debía hacerse, el acuerdo de los dos esposos sería necesario.) Después de 40
días, el aborto es estrictamente prohibido (Ref: "Al Fiqh ul Islâmiy"
- Página 2648)
- El aborto es prohibido desde que
aconteció la fecundación. Este tercer aviso es el del Imâm Abu Hâmid Al Ghazâli
r.a." (Ver "Ihyâu ulûmi
dîn", Tomo 2 - Página 47).
Escuela maliki: El aviso más fiable en la escuela maliki es que el aborto es prohibido
desde el comienzo mismo del embarazo. (Ref: "Al-Qawaaneen
al-Fiqhiyyah" de Ibn Djizzi - Página 141 - "Al Fiqh ul Islâmiy")
Anotemos que, sobre esta
cuestión, muchos sabios contemporáneos adoptaron una posición que, finalmente,
tiende a lo que fue definido por los expertos de la escuela hanafi…
Sheykh Wahbah Az Zuheïli escribe:
"Y doy preferencia (al aviso que estipula) la prohibición del aborto al
comienzo del embarazo, excepto en caso de necesidad o con una razón válida (...)" (Ref: "Al Fiqh ul Islâmiy" -
Página 2647)
Sheykh al-Qaradâwi afirma:
"La regla básica en
cuanto al aborto es la prohibición. Esta prohibición toma importancia según el
estado de desarrollo del feto. Así, durante los cuarenta primeros días del
embarazo, la prohibición es más ligera. Es la razón por la cual el aborto será
autorizado en este caso con razones válidas. Después del periodo de cuarenta
días, la prohibición se vuelve más fuerte; desde entonces, el aborto no será
tolerado sino con motivos más graves (que los de la etapa
precedente), motivos que serán determinados por personas versadas en el "Fiqh".
Y la prohibición seguirá así tomando importancia (...)" (Fatâwa Mu'âsirah - Tomo 2 / Página
547)
Wa Allâhu A'lam !
Y Allâh es Más Sabio !
Notas:
[1] Existe una diferencia entre
la insuflación del alma real ("rûh rabbâniy" o "rûh
haquiqui", como lo designan algunos sabios), que acontece al cuarto mes de
embarazo, y la aparición de los signos de la vida (que estos mismos sabios
llaman "rûh haywâni") en
el feto. De hecho, los signos de la vida aparecen en el embrión mucho antes de
que el alma real fuera insuflada (el corazón late a partir de la cuarta semana
de desarrollo, y durante el tercer mes, el feto empieza a moverse)... Conviene
subrayar también que existe un Hadîth auténtico (relatado por el Imâm Muslim)
que menciona que el embrión recibe la visita de un ángel después de que hayan
pasado 42 noches de embarazo (6semanas): este es notamente encargado de "modelar" ("taswîr") el
embrión formando algunos órganos sensoriales…
[2] Algunas referencias hanafi
(como por ejemplo "An Nawâdir") mencionan
la permisión de interrumpir el embarazo si los miembros del feto todavía no son
formados… sin embargo, los expertos de la escuela hanafi afirman que esta permisión
no sería justificada con una razón válida (ver al respecto los escritos de Ibn
Âbidine, en su "Radd ul Muhtâr" – Tomo 3 / Página 176)
[3] Una Fatwa, emitida por "The Islamic Fiqh Committee of
the Muslim World League" en
su doceava sesión que aconteció en
Makkah el 10 de Febrero de 1990, estipula que, si está establecido de manera
segura por un comité de médicos dignos de confianza que el feto es
malformado, y que esta malformación no podrá ser tratada a continuación por los
especialistas, el aborto es permitido con el acuerdo de los padres y en el
límite de 120 días de embarazo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario