Las fuentes del islam
hablan de una forma de contracepción que ya existía en la época del Profeta (sallAllahu ‘aleyhi wa sallam): el coito
interrumpido (en árabe: al-'azl).
Algunos Compañeros preguntaron al Profeta (sallAllahu
‘aleyhi wa sallam) en cuanto a esta práctica: ¿es permitida o no? El
Profeta (sallAllahu ‘aleyhi wa sallam)
recusó la palabra de algunos no-musulmanes de su época que decían que esta
práctica era una pequeña forma de supresión del hijo (al-maw'ûdat as-sughrâ) (Hadîth de Abû Sa'ïd relatado por Abû Dâûd,
n° 2171, sahîh bi-sh-shâhid).
Algunos contaron también: 'Practicábamos el
coito interrumpido en la época del Profeta. El Profeta lo supo y no nos lo
prohibió' (relatado por Muslim, n° 1440).
Sin embargo, en otra palabra, el
Profeta (sallAllahu ‘aleyhi wa sallam)
afirmó que el coito interrumpido era una forma encubierta de suprimir el hijo (Hadîth
de Judhâma relatado por Muslim, n° 1442).
Esta diferencia de respuestas que dio el Profeta (sallAllahu ‘aleyhi wa sallam) sobre al-'azl fue la causa de divergencias entre los eruditos musulmanes en cuanto al estatuto de esta práctica:
Algunos, como Al-Hassan al-basrî e Ibn Hazm, opinan que el 'azl es sistemáticamente prohibido (harâm). Estos sabios opinan que el Hadîth de Judhâma es prioritario sobre el Hadîth de Abû Sa'ïd.
Otros sabios – At-Tahâwî, Al-Ghazâlî, etc. – piensan que el 'azl es totalmente autorizado, excepto si se practica por una causa que contradice un principio del islam (evocaremos a continuación algunas de estas causas). Estos sabios dan prioridad al Hadîth de Abû Sa'îd sobre el de Judhâma. Al-Bayhaqî escribe: 'Los que relatan la permisión del 'azl son más numerosos y memorizaron mejor'.
Otros, como por ejemplo algunos hanafi, dicen que al 'azl es sistemáticamente desaconsejado (makrûh). Este aviso constituye una síntesis entre los dos Hadîthes del Profeta (sallAllahu ‘aleyhi wa sallam) citados previamente, el uno y el otro subrayando el carácter desaconsejado de la contracepción. Además, dicen estos sabios, otros Hadîthes del Profeta (sallAllahu ‘aleyhi wa sallam) parecen también mostrar que, con respecto al ‘azl, utilizó términos que dejaban pensar que quería decir que está práctica debía ser evitada aunque no fuera prohibida ('lâ 'alaykum an-lâ taf'alû').
Finalmente, otros sabios opinan que la práctica del coito interrumpido es permitida pero, además de deber ser practicada por una causa que no es prohibida, debe cumplir con una condición suplementaria: la esposa debe dar su consentimiento, porque esta práctica perjudica a la cualidad de las relaciones íntimas para ella (debido al «coito interrumpido»), y también porque, así como todo tipo de contracepción, toca al derecho de la mujer a la maternidad.
Poniendo de relieve la diferencia que existe entre el aborto y la práctica del coito interrumpido, el sabio Al-Ghazâlî explica que el coito interrumpido impide el encuentro del semen con el óvulo. Pues no hay, dice, supresión de un ser existente, siendo que el hijo no nace del semen solamente sino del encuentro del esperma con el óvulo. Ahora bien, el abortamiento interviene sobre un ser que ya es existente. Al-Ghazâlî escribió al respecto:
'El primer nivel de la existencia humana es el momento en el cual los gametos masculinos y femeninos se encuentran y que empieza el nacimiento de la vida: desembarazarse de esta existencia está mal [quizá quería evocar la etapa en que el óvulo ya fue fecundado por un espermatozoide].
El segundo nivel de la existencia es el momento en que el embrión se desarrolla: matarlo es más grave aún.
El tercer nivel es el momento en que el alma [ar-rûh al-insânî] es insuflado en él [después de cuatro meses según los Hadîthes]: matar el embrión en este momento es más grave aún.
Finalmente, el cuarto nivel de la existencia humana empieza con el nacimiento [y dura pues toda la vida]: atentar entonces a la vida de alguien es muy grave' (Al-Ih'yâ, tomo 2 p. 82).
Las causas para las cuales ocurre que una pareja recurre a la contracepción:
Para Sheykh Khâlid Saïfullâh, la regla general con respecto a la contracepción es que debe ser normalmente evitada (makrûh). Añade que hay causas que la devuelven prohibida, (como el temor de la pobreza, etc.), y hay otras que la devuelven totalmente autorizada (por ejemplo la presencia de un riesgo establecido de una deterioración grave de la salud de la mujer en caso de embarazo, la presencia de un riesgo establecido de grave malformación del hijo que nacería, la presencia de una enfermedad mental que devuelve la mujer incapaz de asumir sus deberes de madre, la voluntad de espaciar los nacimientos para poder dar a los hijos mejor educación…).
Sin embargo, para Al-Ghazâlî, la regla general en cuanto a la contracepción es la permisión, mientras no es practicada para una causa prohibida, la cual devolvería el recurso a la contracepción prohibido también. Así que, según Al-Ghazâlî, no hace falta tener una causa válida para que la contracepción sea permitida: la ausencia de causa prohibida es suficiente.
Subrayemos aquí que si hace falta, por una parte, que el recurso a la contracepción sea en sí autorizado como acabamos de verlo, hace falta también, por otra parte, que en el ámbito de esta autorización, el medio al cual se recurre sea también autorizado…
Los medios contraceptivos a los cuales se recurre
Sheykh Khâlid Saïfullâh escribe que sería errado pensar que, en el ámbito de causas válidas que autorizan la contracepción, solamente los medios de contracepción dichos “naturales” tales como el coito interrumpido son autorizados. Al contrario, sigue, podemos, vía el razonamiento por analogía, establecer el carácter de otros medios contraceptivos. Sin embargo, dice, el razonamiento por analogía es válido solamente si toma en cuenta el conjunto de los principios del islam.
Analizando los diferentes medios contraceptivos que existen hoy en día, nos damos cuenta de que consisten en recurrir a uno o varios de los siguientes:
a) impedir al semen que llegue al óvulo,
b) impedir la ovulación,
c) no impedir la fecundación de un óvulo por un espermatozoide, sino impedir solamente la nidificación del huevo,
d) suprimir el feto después de la nidificación del huevo (en el caso del aborto por ejemplo),
e) esterilización definitiva del hombre y/o de la mujer.
Son prohibidos:
– el medio e): la esterilización definitiva del hombre o de la mujer (ligadura de canales deferentes para el hombre, o de las trompas para la mujer), porque el Profeta (sallAllahu ‘aleyhi wa sallam) lo prohibió (al-ikhtisâ');
– el medio d): el aborto para desembarazarse de un embarazo no deseado (ver el artículo).
Debe absolutamente ser evitado, según Sheykh Khâlid Saïfullâh :
– el medio c): todo medio que no impide la fecundación de un óvulo por un espermatozoide sino que impide la nidificación del huevo, porque como lo escribió al Imâm Al-Ghazâlî, es el primer nivel de existencia; pues se trata de un medio que no es realmente contraceptivo (‘que actúa antes de la formación del huevo, contra la concepción’) sino que es contragestivo (‘que actúa después de la formación del huevo, contra su gestación’).
Quedan en sí permitidos (en el ámbito de causas que autorizan el recurso a la contracepción):
– los medios a) y b): todo método que, así como el coito interrumpido (al-‘azl), impide el encuentro del óvulo con un espermatozoide (métodos naturales de abstinencia antes, durante y justo después del periodo de ovulación, preservativos masculinos o femeninos, crema espermicida, bloqueo de la ovulación, etc.).
Sheykh Khâlid Saïfullâh escribe también que hay una diferencia entre el hecho de recurrir a un medio de contracepción de manera individual y el hecho de establecer este recurso al nivel de una sociedad entera. El primero, escribe, es posible en el caso precitado. En cuanto al otro, no es permitido.
Síntesis de la respuesta: El musulmán y la musulmana guardan el objetivo de dar a luz al más grande número de hijos que se puede, su intención siendo de darles una educación que será –con la permisión de Allâh- capaz de hacer de ellos seres humanos que actúan para Allâh y para el bien de todos los hombres.
Sin embargo no se le prohíbe a este musulmán ni a esta musulmana tener este objetivo siendo su principio general, controlando su fecundidad. A condición de que sea hecho en el ámbito de la ética musulmana, pues que sea hecho a la vez para una causa y por un medio que no contradicen ningún principio de las fuentes musulmanas.
Referencias del artículo: Zâd ul-ma'âd, Ibn Qayyim, tomo 4 pp. 140-146 – Al-Ih'yâ, Al-Ghazâlî, tomp 2 pp. 79-84 – Halâl wa harâm, Khâlid Saïfullâh, pp. 306-314 – Al-halâl wal-harâm, Al-Qardhâwî, pp. 176-179 – Islâm aur jadîd medical massâ'ïl, Khâlid Saïfullâh, pp. 91-147 – Fiqh us-sunna, Sayyid Sâbiq, tomo 2 pp. 458-460 – Al-fiqh al-islâmî wa adillatuh, Wahbah az-Zuhaylî, tomo 7 p. 5156.
Esta diferencia de respuestas que dio el Profeta (sallAllahu ‘aleyhi wa sallam) sobre al-'azl fue la causa de divergencias entre los eruditos musulmanes en cuanto al estatuto de esta práctica:
Algunos, como Al-Hassan al-basrî e Ibn Hazm, opinan que el 'azl es sistemáticamente prohibido (harâm). Estos sabios opinan que el Hadîth de Judhâma es prioritario sobre el Hadîth de Abû Sa'ïd.
Otros sabios – At-Tahâwî, Al-Ghazâlî, etc. – piensan que el 'azl es totalmente autorizado, excepto si se practica por una causa que contradice un principio del islam (evocaremos a continuación algunas de estas causas). Estos sabios dan prioridad al Hadîth de Abû Sa'îd sobre el de Judhâma. Al-Bayhaqî escribe: 'Los que relatan la permisión del 'azl son más numerosos y memorizaron mejor'.
Otros, como por ejemplo algunos hanafi, dicen que al 'azl es sistemáticamente desaconsejado (makrûh). Este aviso constituye una síntesis entre los dos Hadîthes del Profeta (sallAllahu ‘aleyhi wa sallam) citados previamente, el uno y el otro subrayando el carácter desaconsejado de la contracepción. Además, dicen estos sabios, otros Hadîthes del Profeta (sallAllahu ‘aleyhi wa sallam) parecen también mostrar que, con respecto al ‘azl, utilizó términos que dejaban pensar que quería decir que está práctica debía ser evitada aunque no fuera prohibida ('lâ 'alaykum an-lâ taf'alû').
Finalmente, otros sabios opinan que la práctica del coito interrumpido es permitida pero, además de deber ser practicada por una causa que no es prohibida, debe cumplir con una condición suplementaria: la esposa debe dar su consentimiento, porque esta práctica perjudica a la cualidad de las relaciones íntimas para ella (debido al «coito interrumpido»), y también porque, así como todo tipo de contracepción, toca al derecho de la mujer a la maternidad.
Poniendo de relieve la diferencia que existe entre el aborto y la práctica del coito interrumpido, el sabio Al-Ghazâlî explica que el coito interrumpido impide el encuentro del semen con el óvulo. Pues no hay, dice, supresión de un ser existente, siendo que el hijo no nace del semen solamente sino del encuentro del esperma con el óvulo. Ahora bien, el abortamiento interviene sobre un ser que ya es existente. Al-Ghazâlî escribió al respecto:
'El primer nivel de la existencia humana es el momento en el cual los gametos masculinos y femeninos se encuentran y que empieza el nacimiento de la vida: desembarazarse de esta existencia está mal [quizá quería evocar la etapa en que el óvulo ya fue fecundado por un espermatozoide].
El segundo nivel de la existencia es el momento en que el embrión se desarrolla: matarlo es más grave aún.
El tercer nivel es el momento en que el alma [ar-rûh al-insânî] es insuflado en él [después de cuatro meses según los Hadîthes]: matar el embrión en este momento es más grave aún.
Finalmente, el cuarto nivel de la existencia humana empieza con el nacimiento [y dura pues toda la vida]: atentar entonces a la vida de alguien es muy grave' (Al-Ih'yâ, tomo 2 p. 82).
Las causas para las cuales ocurre que una pareja recurre a la contracepción:
Para Sheykh Khâlid Saïfullâh, la regla general con respecto a la contracepción es que debe ser normalmente evitada (makrûh). Añade que hay causas que la devuelven prohibida, (como el temor de la pobreza, etc.), y hay otras que la devuelven totalmente autorizada (por ejemplo la presencia de un riesgo establecido de una deterioración grave de la salud de la mujer en caso de embarazo, la presencia de un riesgo establecido de grave malformación del hijo que nacería, la presencia de una enfermedad mental que devuelve la mujer incapaz de asumir sus deberes de madre, la voluntad de espaciar los nacimientos para poder dar a los hijos mejor educación…).
Sin embargo, para Al-Ghazâlî, la regla general en cuanto a la contracepción es la permisión, mientras no es practicada para una causa prohibida, la cual devolvería el recurso a la contracepción prohibido también. Así que, según Al-Ghazâlî, no hace falta tener una causa válida para que la contracepción sea permitida: la ausencia de causa prohibida es suficiente.
Subrayemos aquí que si hace falta, por una parte, que el recurso a la contracepción sea en sí autorizado como acabamos de verlo, hace falta también, por otra parte, que en el ámbito de esta autorización, el medio al cual se recurre sea también autorizado…
Los medios contraceptivos a los cuales se recurre
Sheykh Khâlid Saïfullâh escribe que sería errado pensar que, en el ámbito de causas válidas que autorizan la contracepción, solamente los medios de contracepción dichos “naturales” tales como el coito interrumpido son autorizados. Al contrario, sigue, podemos, vía el razonamiento por analogía, establecer el carácter de otros medios contraceptivos. Sin embargo, dice, el razonamiento por analogía es válido solamente si toma en cuenta el conjunto de los principios del islam.
Analizando los diferentes medios contraceptivos que existen hoy en día, nos damos cuenta de que consisten en recurrir a uno o varios de los siguientes:
a) impedir al semen que llegue al óvulo,
b) impedir la ovulación,
c) no impedir la fecundación de un óvulo por un espermatozoide, sino impedir solamente la nidificación del huevo,
d) suprimir el feto después de la nidificación del huevo (en el caso del aborto por ejemplo),
e) esterilización definitiva del hombre y/o de la mujer.
Son prohibidos:
– el medio e): la esterilización definitiva del hombre o de la mujer (ligadura de canales deferentes para el hombre, o de las trompas para la mujer), porque el Profeta (sallAllahu ‘aleyhi wa sallam) lo prohibió (al-ikhtisâ');
– el medio d): el aborto para desembarazarse de un embarazo no deseado (ver el artículo).
Debe absolutamente ser evitado, según Sheykh Khâlid Saïfullâh :
– el medio c): todo medio que no impide la fecundación de un óvulo por un espermatozoide sino que impide la nidificación del huevo, porque como lo escribió al Imâm Al-Ghazâlî, es el primer nivel de existencia; pues se trata de un medio que no es realmente contraceptivo (‘que actúa antes de la formación del huevo, contra la concepción’) sino que es contragestivo (‘que actúa después de la formación del huevo, contra su gestación’).
Quedan en sí permitidos (en el ámbito de causas que autorizan el recurso a la contracepción):
– los medios a) y b): todo método que, así como el coito interrumpido (al-‘azl), impide el encuentro del óvulo con un espermatozoide (métodos naturales de abstinencia antes, durante y justo después del periodo de ovulación, preservativos masculinos o femeninos, crema espermicida, bloqueo de la ovulación, etc.).
Sheykh Khâlid Saïfullâh escribe también que hay una diferencia entre el hecho de recurrir a un medio de contracepción de manera individual y el hecho de establecer este recurso al nivel de una sociedad entera. El primero, escribe, es posible en el caso precitado. En cuanto al otro, no es permitido.
Síntesis de la respuesta: El musulmán y la musulmana guardan el objetivo de dar a luz al más grande número de hijos que se puede, su intención siendo de darles una educación que será –con la permisión de Allâh- capaz de hacer de ellos seres humanos que actúan para Allâh y para el bien de todos los hombres.
Sin embargo no se le prohíbe a este musulmán ni a esta musulmana tener este objetivo siendo su principio general, controlando su fecundidad. A condición de que sea hecho en el ámbito de la ética musulmana, pues que sea hecho a la vez para una causa y por un medio que no contradicen ningún principio de las fuentes musulmanas.
Referencias del artículo: Zâd ul-ma'âd, Ibn Qayyim, tomo 4 pp. 140-146 – Al-Ih'yâ, Al-Ghazâlî, tomp 2 pp. 79-84 – Halâl wa harâm, Khâlid Saïfullâh, pp. 306-314 – Al-halâl wal-harâm, Al-Qardhâwî, pp. 176-179 – Islâm aur jadîd medical massâ'ïl, Khâlid Saïfullâh, pp. 91-147 – Fiqh us-sunna, Sayyid Sâbiq, tomo 2 pp. 458-460 – Al-fiqh al-islâmî wa adillatuh, Wahbah az-Zuhaylî, tomo 7 p. 5156.
Fuente: www.doctrine-malikite.fr
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