Objeto
del estudio:
Búsqueda y
reflexión sobre el carácter lícito o no del corte del cabello para las mujeres.
Determinación de los límites eventuales o condiciones que hay que respetar al
respecto.
Contenido
del informe:
- Presentación
del problema.
- Exposición
de los diferentes avisos emitidos al respecto.
- Estudio
de la argumentación de los sabios que parece prohibir categóricamente el
corte del cabello para la mujer musulmana.
- Síntesis personal y conclusión.
Enunciado
del Problema:
Es
que el corte del cabello es permitido para la mujer musulmana? Si no, cuáles
son las referencias que lo prohíben… si es permitido, hasta qué límite lo puede
hacer?
Elementos
de respuesta:
Introducción-
Respecto
a la cuestión de los cabellos y en cuanto a la mujer, lo que conviene anotar en
primero es que hay unanimidad de los juristas musulmanes sobre el hecho de que le es prohibido rasurarse la cabeza,
excepto caso de fuerza mayor (enfermedad…).
Esta
prohibición fue explícitamente enunciada por el Profeta Muhammad (sallallâhu
alayhi wa sallam) en algunos hadîthes, relatados notamente por Ali (radhia
Allâhu anhu) (Nasaï, entre otros…), Aïcha (radhia Allâhu anha) (Tirmidhi,
entre otros…) y Usmân (radhia Allâhu anhu) (Musnad Bazzâr , según Madjmauz
Zawâïd)… A pesar de las críticas hechas en cuanto a la autenticidad de
estos hadîthes, fueron tomados en consideración por la casi totalidad de los
sabios y juristas, y la práctica de la comunidad musulmana siempre fue conforme
con el enunciado de estos hadîthes desde la época de la revelación, como lo
subraya el Imâm at-Tirmidhi (rahimahuLlah) en su compilación de Hadîth y
ash-Shanqîti en su "Tafsir" (Ref:
"Adhwâ oul Bayân" - Tomo 5 / Página 597). Ibnu Hadjar dice que
hay "Idjma'" (consenso) de
la comunidad musulmana sobre el asunto (Fath ul Bâriy - Tomo 3 / Página
565).1
Exposición de los avisos de los sabios respecto al
corte del cabello-
En
cuanto al corte del cabello, cuando nos referimos a los escritos de los
eruditos contemporáneos que se pronunciaron sobre el asunto, constatamos que
hay esencialmente dos posiciones que destacan:
- Algunos ‘Ulamas
parecen prohibirla
categóricamente para la mujer musulmana. Es lo que resalta de los escritos
de Sheykh Achraf Ali Thânwi r.a. (Réf : "Bawâdir un
Nawâdir" - Páginas 372 y las siguientes) y del Mufti Abdul
Rahîm Lâdjpûri (Réf: "Fatâwa Rahîmiyah" - Tomo 10 / Páginas
321-322).
- Otros
sabios tienden más hacia la permisión del corte del cabello, con dos
condiciones:
- Primero,
la mujer no debe cortarse el cabello de tal manera que haya en ella
semejanza con los hombres, (sabiendo que el Profeta Muhammad
(sallallâhu alayhi wa sallam) maldijo las, entre las mujeres, que imitan
a los hombres, y recíprocamente).
- Después,
la mujer tampoco no debe hacerlo para imitar a las no musulmanas (siendo que el Profeta Muhammad
(sallallâhu alayhi wa sallam) amonestó severamente los musulmanes contra
la imitación de los no musulmanes en lo que les caracteriza).
[…]
Estudio de la argumentación de los sabios que parecen
prohibir categóricamente el corte del cabello para la mujer musulmana -
En
las líneas siguientes, analizaremos los diferentes argumentos dados por los
eruditos que sostienen el primer aviso, o sea la interdicción formal para la
mujer de cortarse el cabello… de hecho, siendo que el asunto no pertenece al
dominio del culto y del rito ("Ibâdate"),
en principio, la regla fundamental que se aplica aquí es la de la permisión original ("Al
Ibâhat ul Asliyyah"), citada explícitamente en el Corán. Toda
prohibición pronunciada al respecto debe tener justificaciones en nuestras
referencias primeras…
Leyendo
los escritos de los dos grandes sabios que son el Sheykh Thânwi r.a. y el Mufti
Abdul Rahîm Saheb, podemos distinguir que su argumentación se apoya en tres
puntos:
- Los
Hadîthes que prohíben a la mujer rasurarse la cabeza tienen un sentido amplio,
y se aplican también al corte del cabello. Esta interpretación amplia del
término árabe "Halq" (empleado
en los Hadîthes en cuestión) (Réf: "Bawâdir un Nawâdir") es
atribuida por el Sheykh Thânwi r.a a Ibn Nudjaïm Al Misri r.a., el hanafi,
que lo evocaba en "Al Achbâh Wan Nadhâïr".
En
cuanto a este primer punto, admito que no estoy convencido de que el término "Halq" (rasurarse),
presente en los Hadîthes susdichos designe también al "Qass uch cha'r",
o sea el corte del cabello, y eso por a lo menos tres razones:
- Cuando
consultamos las diferentes compilaciones de Tradiciones o las obras de Fiqh que citan los Hadîthes que prohíben
a la mujer rasurarse la cabeza, nos damos cuenta de que prácticamente
todos los sabios les colocaron en el capítulo que concierne la
peregrinación ("Kitâb oul Hadj"), más precisamente
en la parte que trata de los actos que ponen fin al estado de
sacralización ("Ihrâm"). Lo cual indica que, en estos
diferentes Hadîthes, el énfasis está puesto en la diferencia esencial que
existe entre el hombre y la mujer al respecto, o sea que, al contrario de
lo que se preconiza para los hombres, las mujeres, cuando ponen fin al
Ihrâm, no deben rasurarse la cabeza jamás: Deben cortarse una pequeña
parte del cabello ("at
taqsîr"). Considerando eso, resulta imposible dar al término "Halq" (rasurar) el sentido
de "Qass" (cortar),
siendo que el objetivo de estos propósitos es justamente de oponer las dos
nociones, prohibiendo el primero (afeitado de la cabeza) y ordenando el
otro (corte del cabello) a la mujer… Anotemos que en la versión del Hadîth
relatada por Ibn Abbâs (radia Allâhu ‘anhu), la relación de oposición
entre estos dos órdenes es muy explícita [lo que significa]:
"Las
mujeres no deben rasurarse la cabeza… lo que es necesario para ellas, es el
corte del cabello."
(Abu Dâûd, Dâr
Qutniy, Tabrâniy)
- Aunque
consideremos la eventualidad que estos propósitos del Profeta Muhammad (sallAllâhu
‘aleyhi wa sallam) no se limiten solamente al contexto del Hadj, queda que
para poner fin al estado de sacralización, el mismo Profeta Muhammad (sallallâhu
alayhi wa sallam) ordenó a las mujeres cortarse una pequeña parte de su
cabello, lo cual constituye una prueba de que los Hadîth que prohibían el
afeitado de la cabeza no pueden ser extendidos al simple corte del
cabello. De hecho, cómo el Profeta Muhammad (sallallâhu alayhi wa sallam) hubiera
ordenado a las mujeres hacer algo que hubiera prohibido por otra parte, aunque no nos encontremos aquí en
situación de molestia o de necesidad?... Anotemos que encontramos en
los mismos escritos del Mufti Abdul Rahîm Saheb una indicación que muestra
que, también según él, el corte del cabello no es formalmente prohibido… Así, evoca en una de sus Fatâwa la
permisión para la mujer de cortar su cabello si se vuelve demasiado largo,
al punto de descender debajo de la nalga… En este caso, autoriza cortarles
un poco para darles un tamaño "normal", es decir por encima de
la nalga. (Réf: "Fatâwa Rahîmiya" - Tomo 10 / Página
311) Si los Hadîthes que prohíben el afeitado de la cabeza
prohibían también el corte del cabello, esta prohibición hubiera estado en
vigor incluso en el caso extremo que evoca el Mufti Abdul Rahîm Saheb…
- Es
establecido de manera perfectamente auténtica en un Hadîth del "Sahîh
Muslim" 2 que las esposas del Profeta
Muhammad (sallallâhu alayhi wa sallam) solían cortarse el cabello, después
de que el Profeta Muhammad (sallallâhu alayhi wa sallam) haya dejado este
mundo. Si los Hadîthes citados prohibían completamente el corte del
cabello, cómo hubieran podido actuar en contra de esto? 3
- El
segundo punto propuesto para justificar la interdicción del corte del
cabello reside en el hecho de que este gesto constituya una imitación de
las no musulmanas…
Mi
humilde aviso es que este segundo argumento no es una prueba de que sea
estrictamente prohibido para la mujer cortarse el cabello. A lo sumo, lo que
permite establecer, es la interdicción de hacerlo con el objetivo de imitar a
las no musulmanas. Sin embargo, el problema queda entero en cuanto a la mujer
que se corta el cabello para embellecerse (los
criterios de embellecimiento "tazyîne"-
varían según la época y las sociedades…) y de gustarle a su
esposo o también para facilitar el lavado del cabello… Además, podemos aquí
también oponer el hecho de que las esposas del Profeta Muhammad (sallallâhu
alayhi wa sallam) se cortaban el cabello, y es evidente que su gesto no puede
ser asimilado a una imitación de las no musulmanes.
- Finalmente,
el tercer punto es el hecho de que el corte del cabello para la mujer
puede llevarle a asemejarse con los hombres y el Profeta Muhammad
(sallallâhu alayhi wa sallam) maldijo las mujeres que imitan a los hombres
e inversamente. Este punto es citado notamente en la referencia hanafi
"Ad Durrul Mukhtâr", donde está escrito (lo que significa) : "(…)
toda mujer que se corta el cabello comete un pecado y es maldita. Es
indicado además en "Al Bazzâziya" (obra de fiqh hanafi) que (esto
vale) aunque lo haga con la permisión de su esposo. (De hecho,) no se le
obedece a la criatura cuando hay desobediencia al Creador. Es por esta
razón que no es permitido para el hombre quitarse su barba. Y la
razón efectiva (de esta prohibición) es la imitación del hombre (…)"
Pero
aquí también, nos damos cuenta de que el principio en sí no basta para
constituir una base sólida que justifique la prohibición total del corte del
cabello. De hecho es obvio que, si consideramos que la razón de ser ("Illâh")
de esta prescripción ("Hukm") es la imitación de los hombres, a
partir del momento en que no hay imitación, o sea que una distinción nítida
existe entre el tamaño de los cabellos de la mujer y el del hombre, la
prohibición ya no tiene razón de ser, en virtud de un principio bien conocido
de los fundamentos del Fiqh ("Intifâ
ul hukm bi intifâil 'illah").
Como
lo hace destacar esta humilde análisis personal de los diferentes puntos dados
por los sabios a favor de la prohibición categórica del corte del cabello para
la mujer, admito no estar convencido por su argumentación, Wa Allâhu A'lam !
Conclusión:
Sobre
esta cuestión, tiendo más hacia el aviso del segundo grupo de sabios, es decir
que, según mi humilde opinión, es permitido para la mujer cortarse el cabello,
a condición de que no lo haga para imitar a las no musulmanas en lo que les es
característico y que no adopten un peinado que sería semejante al de los
hombres. Mi posición al respecto se justifica esencialmente por dos elementos:
- No
existe, de lo que sepa, ninguna referencia explícita y clara ("Nass") del Coran o de la
Sunnah auténtica que prohíba categóricamente a la mujer cortarse
el cabello.
- Al
contrario, hay un Hadîth auténtico que relata que las esposas del Profeta
Muhammad (sallallâhu alayhi wa sallam) se cortaban el cabello hasta
cierto límite, cuya determinación exacta, sin embargo, es fuente de
divergencias profundas, como lo anotó el Imâm an-Nawawi r.a. en su
comentario del mismo Hadîth.
A
esto añado una tercera observación, pero que concierne solamente las mujeres
que están casadas: en el medio occidental en el cual vivimos, en el cual el
impudor dominante, la tentación y la atracción hacia lo ilícito pueden tener
efectos muy nocivos en las relaciones de fidelidad y de amor en el seno de las
parejas musulmanas, convendría considerar con cierta flexibilidad los asuntos
que podrían, en cierta medida, contribuir a la mejora de los lazos conyugales. Es
teniendo esta perspectiva en mente que, personalmente, abordo las cuestiones
tal que la de que se trata en el presente estudio actualmente, a saber el corte
del cabello para la mujer… Siendo que, hoy en día, las mujeres en general consideran
un bello peinado como una ventaja estética y un medio de embellecimiento (y que los esposos, muchas veces, no son insensibles a esto…), creo
que el hecho de permitir, con los límites citados, a la mujer musulmana casada
cortarse el cabello y tener un peinado bello para gustarle a su esposo sería
una actitud juiciosa.
Sin
embargo hay que clarificar un punto esencial, a saber, si existe un límite
distintivo entre los hombres y las mujeres en cuanto al tamaño del cabello? Si
es así, cuál es este límite? En otros términos, hasta dónde exactamente la
mujer puede acortar su cabello, sin caer en la imitación prohibida con los
hombres?
Sobre
las cuestiones relacionadas con la imitación de sexos diferentes, que se trate
de la ropa u otro…, en principio, lo que se toma en consideración, es el "'Urf", es decir lo que se hace en
la sociedad. Así, en principio todavía, a partir del momento en que una mujer
acorta su cabello de tal manera que su peinado y el largo de su cabello se
distingue bien del de los hombres en general, su actitud no puede lógicamente
ser calificada de imitación.
Sin
embargo, hay que reconocer que si ningún límite claro es establecido al
respecto, el riesgo de desvío y de exceso es bastante importante… Y,
considerando la gravedad de los propósitos del Profeta Muhammad (sallallâhu
alayhi wa sallam) en cuanto a la masculinización de las mujeres, conviene aquí
actuar siguiendo el principio de precaución ("Al Ihtiyât") y
establecer un límite que no habrá que sobrepasar. Sobra ahora definir este
límite…
Al
respecto, considerando que es permitido para los hombres tener el cabello que
desciende hasta los hombros, convendría designar justamente a los hombros como
límite a no alcanzar para las mujeres en el corte del cabello que cae detrás de
la cabeza. En cuanto a las mechas y otros peinados practicados en el frente de
la cabeza, no veo personalmente reparos para expresar si es que el peinado
en cuestión no es típicamente masculino.
Anotemos
que obviamente el llevo del pañuelo para disimular los cabellos en presencia de
hombres extranjeros sigue siendo, en todos los casos, una obligación esencial
para la mujer musulmana.
Wa Allâhu A'lam !
Y Allâh Sabe Más!
In Kâna Sahîhan Famin Allah - Wa In Kâna Ghayra Dhâlik
faminniy wa minachaytân
Notas:
1-
En cuanto a la permisión para la mujer de afeitarse la cabeza en caso de
necesidad (según el principio bien conocido de «La necesidad levanta las
prohibiciones»), referirse a las obras siguientes:
Escuela
hambali: "Al Mughniy" Tomo 1 / Página 66
Los
Dhâhéri: "Al Muhallâ" Tomo 10 / Página 75
Los
hanafi: "Fatâwa Hindiyah" Tomo 5 / Página 358.
2- "Y
las esposas del Profeta Muhammad (sallallâhu alayhi wa sallam) cortaban una
parte de su cabello, al punto que se volvían semejantes al "wafrah"." (este
término árabe designa una longitud de pelo que llega al nivel de las orejas o
de las espaldas… los avisos divergen al respecto…) El Imâm An Nawawi r.a., comentando
este Hadîth, afirma notamente: " (…) y hay (en esta Tradición) la
prueba de la permisión para las mujeres de reducir ("takhfîf") el cabello
(…)".
3-
Anotemos que Sheykh Thânwi r.a. expresa reparos en cuanto a una eventual
argumentación a partir de la frase mencionada en el Hadîth de Muslim que evoca
la longitud del cabello de las esposas del Profeta Muhammad (sallallâhu alayhi
wa sallam). Siendo que los propósitos en cuestión son los del relatador del Hadîth,
el problema es doble:
A)
No afirma haber constatado por sí mismo la longitud del cabello de las esposas
del Profeta Muhammad (sallallâhu alayhi wa sallam)…
B)
Siendo que no es un cercano ("Mahram") de ninguna de las esposas del
Profeta Muhammad (sallallâhu alayhi wa sallam), debe haber tenido esta
información de alguien otro… alguien cuya identidad no es conocida y cuyo
relato puede ser cuestionado… También es posible, añade el Sheykh Thânwi r.a., que
se trate de una simple estimación de la longitud del cabello de parte del
narrador, que no refleja necesariamente la realidad…
Respecto
a estos elementos dados por Sheykh Thânwi r.a., quisiera solamente precisar que
hay un Hadîth en el Musnad Abu 'uwânah, relatado por una cadena de transmisión
casi idéntica a la del Sahîh Muslim (hay solamente un narrador más, Abdullâh
Ibn Ahmad Ibn Hambal r.a., el hijo del ilustre jurista; que es, de lo que sepa,
considerado como un narrador fiable) en los cuales encontramos propósitos
similares a los mencionados en el Hadîth de Muslim mencionado más arriba son
relatados según Aïsha (radhia Allâhu anha) misma (Tomo 1 / Página
248).
Una
comisión de búsqueda sobre el Derecho Musulman (Fiqh), compuesta de
algunos "Âlim" de la Isla de La Réunion se reunió el 7 de junio de
2001 para hablar del carácter lícito o no del corte de cabello para la mujer musulmana.
Llegaron por unanimidad a la conclusión siguiente:
Es
permitido ("Mubâh") para la mujer musulmana cortarse el cabello a
condición de que este quede bastante largo para descender debajo de los hombros
de manera notable.
Recuerdo: El
cabello de la mujer hace parte de lo que la musulmana debe obligatoriamente
disimular ante todo hombre que no es ni su esposo ni su "Mahram" ("Mahram":
toda persona con quien es prohibido casarse, para siempre.)
Fuente: www.musulmane.com
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