Qué dice el Islâm sobre las imágenes?.. y la fotografía?

Volver a Lícito e Ilícito en el Islâm



La cuestión de la imagen (dibujada o pintada), que es estrechamente relacionada con la de la fotografía, es objeto de divergencias entre sabios musulmanes.

Pero antes de hablar de estas divergencias, hay que saber que los términos empleados en los Hadîthes que se refieren al asunto son las palabras árabes "Sûrah" (que podría ser traducido en castellano por "forma", "imagen"), así como algunas de sus formas derivadas como "At Taswîr" (que es el infinitivo del verbo "sawwara". "At Taswîr" significa literalmente crear, organizar, distinguir dando una forma particular. Es esta raíz que encontramos en uno de los Atributos de perfección de Allah, "Al Musawwir". Este término es también mencionado en varios pasajes del Corán, acerca de la Creación Divina.).

Comprendemos a partir de esto que la palabra "Sûrah" es usada para designar tanto a las estatuas y a los ídolos (llamados "as suwar ul mujassadah") como a los grabados, a las ilustraciones y a las imágenes pintadas.


Respecto a las imágenes…
Los Hadîthes que evocan el "sûrah" y el "taswîr" presentan ciertas divergencias al nivel del contenido, lo que causó las diferencias de opiniones existentes entre los sabios musulmanes al respecto.
Mientras que algunos Hadîthes (es notamente el caso de un Hadîth relatado por Abu Huraira (radhia allâhu anhu) y citado por el Imâm al-Bukhâri (rahimahuLlah) y el Imâm Muslim (rahimahuLlah).) dejan suponer que toda forma de imagen (que represente seres animados o inanimados) es condenable, otros dejan entender que ciertas imágenes son lícitas y autorizadas. Así, Ibn Abbâs (radhia allâhu anhu) relata Hadîthes (ver Sahih Bukhâri, "Bâb bayit tasâwîr allati laysa fîha ruh", así como Sahih Muslim)  que indican claramente que la representación de seres inanimados es tolerada en el Islâm, y que la interdicción vale solamente para los seres animados.
Otros Hadîthes muestran que incluso entre las representaciones de seres animados, solamente las que están colgadas, las que son guardadas con respecto o por veneración son prohibidas (Ver para al respecto el Hadîth del Sahîh Muslim relatado por Aisha (radhia allâhu anha), que dice en este sentido que tenía un velo sobre lo cual estaban dibujados seres vivos, el Profeta Muhammad (sallallâhu alayhi wa sallam) le ordenó cortarlo y usarlo para hacer cojines. En otro Hadîth, se dice que Jibrail (‘alayhi salâm) se negó a entrar en la casa del Profeta Muhammad (sallallâhu alayhi wa sallam) porque había en ella una cortina con seres animados. El Profeta Muhammad (sallallâhu alayhi wa sallam) ordenó que fuera quitado y usado como alfombra. Este Hadîth es relatado por An-Nasaï (rahimahuLlah).)
Finalmente, algunos Hadîthes muestran que son las estatuas y los ídolos que son prohibidas, y no las ilustraciones y las imágenes que no tienen relieve y que se encuentran por ejemplo sobre ropas (Hadith relatado por Busr (radhia allâhu anhu) y citado por el Imâm al-Bukhâri (rahimahuLlah), confirmado por otro Hadîth de Sahl Ibné Hunayf (radhia Allâhu anhu) y autentificado por el Imâm Tirmidhi (rahimahuLlah).)
Por otra parte, algunos Hadîthes designan que una de las causas principales de la prohibición del "taswîr" es el hecho de que lleve progresivamente al ser humano hacia el "shirk", el politeísmo.
Pues, como fue dicho más arriba, es en el proceso de conciliación entre estos diferentes tipos de Hadîthes que aparecieron las divergencias entre los sabios y juristas. Para simplificar, voy a intentar dar en las líneas siguientes un síntesis de las diferentes opiniones al respecto:
A- Hay el consenso de opinión sobre la prohibición de los ídolos y de las estatuas, como lo relata notamente el Qâdhi 'Iyâdh (rahimahuLlah).
B- Es permitido producir o adquirir una imagen que representa algo que no tenga rûh (alma), así como un árbol, un paisaje… a condición de que esta cosa no sea objeto de culto en cualquier otra religión.
C- Es permitido guardar imágenes de seres animados, si son de muy pequeño tamaño, como es el caso por ejemplo sobre las monedas.
D- Es sobre las imágenes que representan criaturas que tienen un rûh (como el hombre y el animal) que las opiniones divergen según los sabios:
Si una imagen de este tipo está colocada en un lugar donde no se le presta ninguna consideración (sobre una alfombra por ejemplo…), según el aviso de  muchos eruditos, es permitido conservarla, como lo relata el Imâm An Nawawi (rahimahuLlah) en su comentario del Sahîh Muslim. 

Y si se encuentra en otro lugar (sobre una cortina, una ropa, o colgada en la pared por ejemplo…), entonces según los sabios de las escuelas hanafi, shafi’i y hambali, no es permitido guardarla. Pero otros sabios (y entre ellos muchos de la escuela maliki) opinan al contrario que, incluso en este tipo de caso, es permitido guardar tales imágenes en ciertas condiciones:
·      La imagen no debe representar una divinidad o una criatura a la cual se dedica un culto.
·   La imagen no debe ser el producto de un artista que intenta con su gesto imitar la creación de Allâh.
·      La imagen no debe tener como objetivo de glorificar o venerar a una persona humana.

(Algunos sabios que tienden hacia el segundo aviso piensan que las imágenes no eran permitidas al principio del Islâm, y que luego fueron autorizadas, y la prohibición quedó solamente para los ídolos y las estatuas.)

Respecto a la fotografía…
Hay varios avisos con respecto a la fotografía también, simplemente porque no existía en la época del Profeta Muhammad (sallallâhu alayhi wa sallam). Para poder dar un estatuto jurídico a la fotografía, los sabios recurren al "Ijtihâd" (un esfuerzo de reflexión a partir de las fuentes primarias[1]). Dos avisos principales destacaron:
Algunos sabios (es notamente el caso de muchos sabios indo-pakistaníes y de sabios de Arabia Saudita, como el sheykh al-Albâni (rahimahuLlah)[2] comparan la fotografía con la imagen dibujada, y la declaran ilícita si representa una criatura que tiene un alma (hombres, animales…) excepto en caso de necesidad (papeles de identidad…).
Otros sabios (del mundo árabe y otros) consideran al contrario que la fotografía es solamente un reflejo de la realidad (así como el reflejo que aparece en un espejo) y no puede ser comparada con una imagen dibujada. Según ellos, la fotografía es permitida, mientras no muestra algo ilícito. Sheykh Wahbah Zuheili defiende este aviso en su obra "Al Fiqh ul Islâmiy wa Adillatuh" (Tomo 9 / Página 238).

(Referencias: "Al Halâl wal Harâm fil Islam" del Dr Yusuf Qaradâwi, "Al Halâl wal Harâm" del Sheykh Khâlid Sayfullah, "Takmilah Fath ul Mulhim" del Mufti Taqi Usmâni y "Al Fiqh ul Islâmiy wa adillatuh" del Sheykh Wahbah Az Zuheïli).
Wa Allâhu A'lam !
Y Allâh Sabe Más!


Nota del traductor:

[2] Aunque el Sheykh al-Albani (rahimahuLlah) no fuera una referencia para nosotros… la calidad y el rigor científico del presente artículo (y de su autor) valían la pena de ser traducidos. El sitio del que fue tomado es recomendado por el equipo de “Doctrine Malikite”, de quienes tomamos la mayoría de nuestros artículos sobre el Fiqh. O sea que es una fuente fiable.




Ver también: Es lícito tener imágenes de seres vivos, estatuas o fotos de seres vivos en casa?



2 comentarios:

Anónimo dijo...

Asalam 3alaikum hermano,no entiendo este dicho suyo: " Aunque el Sheykh al-Albani (rahimahuLlah) no fuera una referencia para nosotros", me da usted a entender que Sheikh Albani no es una fuente fiable,por favor una explicación clara y evidente.barakalahufik del porque no.

Sara-RCh dijo...

"La imagen no debe ser el producto de un artista que intenta con su gesto imitar la creación de Allâh"

¿A qué se refiere esta frase?

Jazaka lahu khayran