Realizar el Hadj teniendo deudas?


Realizar el Hadj teniendo deudas?


Pregunta:
Si una persona tiene una deuda, ¿es que puede realizar la peregrinación (hadj)? ¿Es que, si lo realiza, es válido?

Respuesta:
La deuda hacia gente es prioritaria sobre la deuda de Allâh (la peregrinación); y si la persona se va y cumple la peregrinación sin pagar las deudas que llegaron a término (y sin pedir la autorización a sus acreedores): su hadj es válido pero comete un pecado…
Sin embargo, respecto a las deudas hacia organismos que tienen vencimientos regulares (pagadas regularmente por giro bancario, por ejemplo), si la persona paga sus deudas normalmente, no hay problema.

Antes de irse a la peregrinación, nuestros piadosos predecesores solían pagar sus deudas, devolver los depósitos a sus propietarios, pedir perdón a los otros: así se van con el corazón tranquilizado y si no vuelven, no tendrán ningún remordimiento respecto a sus deudas hacia los demás.

Añadimos acerca de la deuda en general:
Sabed que hay que pagar y honrar sus compromisos, y si la persona muere (incluso mártir) sin pagarlas: esta persona quedará suspendida hasta que su deuda fuera pagada o que el acreedor perdone. La deuda después de la muerte está pagada obligatoriamente sobre la herencia del difunto…
Si la persona tiene una buena intención (de pagar su deuda) Allâh le ayuda a pagar su deuda o hasta puede enviar alguien que pague para él…
Pero si la persona muere teniendo una mala intención (la de no pagar su deuda): se tomará de sus hasanât (meritos) en el otro mundo, para pagar la deuda…
عن عبد الله بن عمرو بن العاص أن رسول الله صلى الله عليه وسلم قال
يغفر للشهيد كل ذنب إلا الدّيْن
وفي حديث أبي هريرة قال: قال رسول الله صـلـى الله عليه وسلم
«نفس المؤمن معلقة بديْنه حتى يُقضى عنه»
والدّيْن على الــنـفــس شديد؛ ولهذا استعاذ النبي صلى الله عليه وسلم منه

«الدّين ديْنان: فمن مات وهو ينوي قضاءه، فأنا وليّه، ومن مات ولا ينوي قضاءه فذاك الذي يؤخذ من حسناته، وليس يومئذ دينار ولا درهم».
 

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