Hadj del niño


Hadj del niño

Pegunta:
¿Es que la peregrinación del niño es contada como Fard (obligatoria) y le exonera del Fard?

Respuesta:
El niño (impúber) no tiene que realizar la peregrinación. Si el impúber realiza una peregrinación, esta es válida, pero cuenta solamente como una peregrinación voluntaria: o sea que tendrá que realizar la peregrinación obligatoria (Fard) nuevamente cuando habrá alcanzado la pubertad.

Detalles:
Al-Bukhârî y Muslim en su Sahîh (Kitâb Al-Hadj 2/974 y Hadîth 409/1336) relatan, en el sentido:
«Una mujer mostró su niño al Profeta (Paz y Bendición con él) y le preguntó: «¿Es que el Hadj de este niño está aceptado? Respondió: «Si, y tendrás un merito (para esto) (na'am wa laki ajran)» »
إن امرأة رفعت إليه عليه الصلاة و السلام صبيا فقالت
ألهذا حج يا رسول الله
قال نعم ولك أجر

Esta peregrinación (Hadj) del niño es válida (siendo un acto meritorio voluntario) y recompensada, pero no exonera del Hadj después de la pubertad: pues cuando el niño se vuelve púber, el Hadj tiene que ser cumplido nuevamente para él y queda una deuda hacia Allâh (cuando tendrá la posibilidad, tendrá que hacerlo):
La prueba de esto está en el hadîth:
Ibn Abbâs relata que el Profeta (Paz y Bendición con él) dijo, en el sentido: «Si el niño realiza el Hadj y luego alcanza la pubertad: tendrá que realizar una segunda peregrinación…»
Hadîth hasan.

Y debido al hecho de que entre las condiciones de obligación (al-wujûb) del Hadj se encuentre la pubertad.
من حديث ابن عباس رضي الله عنهما أن النبي صلى الله عليه وسلم قال:
أيما صبي حج ثم بلغ الحنث فعليه أن يحج حجة أخرى وأيما عبد حج ثم أعتق
فعليه حجة أخرى
أخرجه ابن أبي شيبة والبيهقي بإسناد حسن.

الحج من غير البالغ تعتبر تطوعاً، ولا تكفي عن حجة الإسلام 
 

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