Trabajo y Ayuno




Trabajo y Ayuno


Pregunta:
As-Salamu 3alaykum,
Una parte de mi trabajo se hace recorriendo una vez cada dos semanas una distancia de 300km para volver a mi oficina al fin del día.
Este día es agotador para mí, y necesita concentración.

Pues, ¿es que puedo ser considerado viajante en este caso?.. para recuperar este día después?

Gracias

Respuesta:
Basta tener la intención, te vas de viaje más allá de 80km, y tu viaje es lícito: pues es permitido romper el ayuno y recuperarlo más tarde.
La opinión mayoritaria para los maliki, con respecto al viajante, es que si empieza su viaje antes del Fajr, podrá romper el ayuno (tendrá esta intención antes de esto).
Si sale de su casa mientras está ayunando, durante el día, no debe romper su ayuno: pero si rompe su ayuno después de su salida (o sea durante el viaje), solamente tendrá que recuperar el día.
Pero si rompe su ayuno mientras todavía no salió (o sea mientras todavía está en casa), tendrá que recuperar el día y realizar la expiación (kaffâra).
Si emitió la intención de ayunar durante su viaje y que rompe su ayuno durante el viaje sin razón válida, tendrá que recuperar el día y realizar la expiación. El Imam Mâlik dice al respecto: el viajante tenía la elección de ayunar o no, debido a su viaje, pero siendo que eligió ayunar, no podrá salir de su estado de ayuno, excepto con una otra excusa válida (siendo que el mismo fiel anuló la excusa del viaje).

En resumido, en tu caso:
*si sales antes del Fajr, romperás tu ayuno normalmente (emitiendo previamente la intención) (todos los sabios están de acuerdo sobre este punto).
*si sales después del Fajr:
De noche, hay que emitir la intención de romper el ayuno durante el viaje pero no hay que comer antes de que haya empezado el viaje.


Esto si consideramos el viaje, ahora si consideramos solamente la «gran» dificultad y la molestia causada: -sin que fueras viajero- eres el más habilitado para calificar esta dificultad y juzgar si puedes o no ayunar.

Y sabe que nuestra religión es facilidad. Pues donde hay dificultado y molestia, hay derogación.
 
Ver el enlace siguiente:

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