Caso de la mujer en cesación de menstruación


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Caso de la mujer en cesación de menstruación
Si la mujer indispuesta, durante el mes de Ramadán, se vuelve pura (cesación de la menstruación o de los loquios) justo antes de la aparición del alba o en el alba misma (pero no después), tiene que ayunar este día, que le será contado válido, sin que tenga que recuperarlo. De hecho ha ayunado siendo pura y eso, aunque haya realizado las abluciones rituales después de la aparición del alba. No hay nada que temer en eso. Es comparable al hombre que se despierta siendo impuro después de una relación sexual (lícita) o de una contaminación nocturna, que come el Suhur y ayuna pero se lava ritualmente un buen tiempo después del alba. Para todas las escuelas de jurisprudencias, su ayuno es considerado válido. Si la menstruación o el derrame de sangre para durante la noche, puede purificarse, o atrasar la purificación antes o después del alba.

Si la mujer duda: como la que se despierta después del Fajr y que duda de la cesación de su menstruación antes del Fajr: debe en este caso ayunar este día (porque puede ser que la cesación de las reglas haya ocurrido efectivamente antes del alba) y lo recuperará más tarde (porque puede ser que la cesación de las reglas haya ocurrido después del alba).

Referencia: la Mudawwana de Sahnûn capítulo del ayuno.


من المدونة الكبري للامام مالك التي رواها الامام سحنون بن سعيد التنوخي عن الامام عبد الرحمن بن القاسم العتقي عن امام دار الهجرة:
وسألت مالكا عن المرأة ترى الطهر في آخر ليلتها من رمضان (فقال) ان رأته قبل الفجر اغتسلت بعد الفجر وصيامها مجزئ عنها وان رأته بعد الفجر فليست بصائمة ولتأكل ذلك اليوم
وان استيفظت بعد الفجر فشكت أن يكون كان الطهر ليلا قبل الفجر فلتمض على صيام ذلك اليوم وتقضى يوما مكانه(قلت) لم جعل مالك عليها القضاء ها هنا (قال) لانه يخاف أن لا تكون طهرت الا بعد الفجر فان كان طهرها بعد الفجر فلابد من القضاء لانها أصبحت حائضا 

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